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REPSE y SIROC: guía práctica para contratistas y prestadoras de servicios

5 abril, 20266 min de lectura
Contratista en obra revisando requisitos REPSE y SIROC con despacho contable en Cancún

📌 En resumen

El REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados) es obligatorio para toda empresa que preste servicios como construcción, limpieza, seguridad, transporte, mantenimiento o TI a terceros en México. La inscripción se tramita ante la STPS con e.firma, opinión de cumplimiento positiva del SAT y constancias de capacitación. Una vez registrado, debe reportar contratos cada bimestre en el SIROC del IMSS. No estar inscrito implica multas de hasta $4.4 millones de pesos, la no deducibilidad de las facturas para sus clientes y la imposibilidad de reinscribirse por 5 años. Un despacho contable con experiencia en REPSE puede gestionar el registro completo y mantener el cumplimiento bimestral.

La reforma de subcontratación de abril de 2021 cambió para siempre la forma en que las empresas mexicanas contratan servicios externos. Si su empresa presta servicios especializados —construcción, limpieza, seguridad, transporte, mantenimiento, tecnologías de la información, entre otros—, necesita estar inscrita en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas) y cumplir con las obligaciones del SIROC (Sistema de Información del Registro de Obras y Servicios Especializados).

En esta guía práctica explicamos qué son, quiénes deben registrarse, qué obligaciones tienen y qué pasa si no cumplen.

¿Qué es el REPSE?

El REPSE es un padrón público administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Su propósito es regular la prestación de servicios especializados (los que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del contratante) y eliminar la subcontratación ilegal que tanto afectaba los derechos laborales en México.

¿Quién debe inscribirse en el REPSE?

Deben inscribirse todas las personas físicas y morales que presten servicios especializados u obras especializadas a terceros. Esto incluye, entre otros:

  • Empresas de construcción y obra pública
  • Empresas de limpieza y mantenimiento
  • Empresas de seguridad privada
  • Empresas de transporte y logística
  • Agencias de colocación de personal
  • Empresas de tecnologías de la información y soporte técnico
  • Agencias de marketing digital y diseño
  • Consultorías especializadas que presten servicios con personal propio en las instalaciones del cliente

⚠️ Cuidado con esto

No importa si su empresa solo presta servicios especializados de manera ocasional. La ley no distingue entre frecuente y esporádico: si presta servicios especializados, debe estar en el REPSE. La única excepción es si los servicios que presta forman parte del objeto social principal del contratante (por ejemplo, un despacho contable que le lleva la contabilidad a otra empresa —eso no se considera subcontratación porque la contabilidad es la actividad principal del contratante).

¿Qué es el SIROC?

El SIROC es el sistema en línea del IMSS donde las empresas inscritas en el REPSE deben reportar cada dos meses (bimestralmente) la información de los contratos de servicios especializados que tienen vigentes. Este reporte es obligatorio y bimestral: si no se presenta, el IMSS puede bloquear su registro y sus clientes no podrán deducir los pagos que le hagan.

Requisitos para inscribirse en el REPSE

El proceso de inscripción se hace en línea a través del portal de la STPS. Los requisitos básicos son:

  • RFC activo y opinión de cumplimiento positiva del SAT (32D positivo).
  • Inscripción vigente ante el IMSS: su empresa debe tener registro patronal activo.
  • Cumplimiento de obligaciones fiscales: declaraciones presentadas, sin adeudos firmes.
  • Contar con e.firma vigente de la empresa (persona moral) o del contribuyente (persona física).
  • Describir los servicios especializados que presta con detalle suficiente para que la STPS evalúe si realmente son servicios especializados.
  • Acreditar la capacitación de sus trabajadores en las materias en que presta los servicios (constancias, certificaciones, cursos).

Paso a paso: el proceso de registro

1

Prepare su documentación

RFC, opinión de cumplimiento SAT, e.firma, registro patronal IMSS, constancias de capacitación, objeto social (acta constitutiva), y una descripción clara de los servicios que presta.

2

Ingrese al portal del REPSE

Acceda a repse.stps.gob.mx con su e.firma. El sistema valida automáticamente su RFC, opinión de cumplimiento y registro patronal con el IMSS.

3

Complete el formulario de registro

Describa detalladamente cada servicio especializado que presta, adjunte la documentación de acreditación de capacitación y la especialización de sus trabajadores.

4

Espere la validación de la STPS

La STPS revisa la solicitud y —si cumple con todo— emite la constancia de inscripción. Este proceso puede tomar de 5 a 20 días hábiles. La constancia tiene una vigencia de 3 años y debe renovarse.

Obligaciones una vez registrado

Estar inscrito en el REPSE no es el final del camino —es el principio. Una vez registrado, tiene que cumplir con:

  • Reporte bimestral al SIROC: informar los contratos de servicios especializados vigentes, el nombre y RFC de cada contratante, el número de trabajadores asignados a cada contrato, y los datos de los trabajadores.
  • Contratos por escrito: cada servicio especializado debe estar amparado en un contrato formal que detalle el objeto del servicio, el número de trabajadores, la duración y el costo.
  • Emitir CFDI correctos: las facturas por servicios especializados deben incluir el número de registro REPSE tanto del emisor como del receptor. Sin este dato, la factura no es deducible para el contratante.
  • Cumplir con obligaciones patronales: sus trabajadores deben estar registrados ante el IMSS, con salario real y prestaciones de ley. El IMSS cruza la información del SIROC con sus registros patronales.
  • Actualizar el registro: si su empresa cambia de domicilio, razón social o los tipos de servicios que presta, debe actualizar su inscripción en el REPSE.

Consecuencias de no cumplir

Las consecuencias de no estar en el REPSE —o estarlo pero no cumplir con el SIROC— son graves y afectan tanto al prestador como al contratante:

  • Para el prestador: multas de hasta $4,481,000 pesos (50,000 UMAS actualizadas a 2026). Cancelación del registro. Imposibilidad de obtener una nueva inscripción por 5 años.
  • Para el contratante: los pagos a empresas no inscritas en el REPSE NO son deducibles del ISR ni acreditables para el IVA. Multas por simulación de subcontratación. Responsabilidad solidaria en obligaciones laborales con los trabajadores de la prestadora.
  • Penal: en casos de simulación dolosa, puede configurarse defraudación fiscal (artículo 108 del CFF).

Caso especial: la industria de la construcción

Las empresas constructoras en Quintana Roo y en todo México están bajo especial escrutinio. Si su empresa de construcción subcontrata servicios de excavación, cimentación, instalaciones eléctricas, acabados o cualquier otra especialidad, tanto usted como la empresa contratada deben estar en el REPSE. Además, los contratos de obra deben reportarse bimestralmente en el SIROC indicando el avance físico de la obra, el número de trabajadores y el monto facturado en el periodo.

Conclusión: no espere a que le caiga una revisión

La STPS, el IMSS y el SAT están cruzando información activamente. Cada bimestre, miles de empresas son detectadas prestando servicios especializados sin registro REPSE, y las consecuencias son devastadoras: desde la pérdida de contratos (porque los clientes no pueden deducir sus facturas) hasta multas millonarias.

Si su empresa presta servicios que podrían clasificarse como especializados, busque asesoría hoy, no mañana. La inscripción en el REPSE es un proceso que toma semanas y no se puede improvisar. En BARAK CONTADORES hemos ayudado a empresas constructoras y de servicios en Cancún a registrarse y cumplir con sus obligaciones bimestrales. Si necesita orientación, estamos a una llamada de distancia.

¿Necesita registrar su empresa en el REPSE?

En BARAK CONTADORES le ayudamos con el trámite de inscripción, la preparación documental y el cumplimiento bimestral del SIROC.

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